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Marco Legal

Cómo legalizar una vivienda de uso turístico en Cataluña

En primer lugar, vamos a diferenciar dos conceptos que a priori pueden parecer similares: los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico.

Los apartamentos turísticos son aquellos edificios o conjuntos adyacentes formados por viviendas que constituyen una única unidad de explotación empresarial y que ofrecen los servicios turísticos requeridos.

Por su parte, las viviendas o pisos de uso turístico son aquellos ubicados en edificios donde cohabitan también particulares. Son cedidas por el propietario a terceros de forma directa, mediante un intermediario o a través de una empresa gestora; a cambio de una prestación económica y para una estancia de temporada (durante un tiempo continuo de hasta 31 días máximo).

Ambos se rigen por la misma normativa: el Decreto 159/2012, de 20 de noviembre. Sin embargo, el proceso de registro es diferente en cada caso. En este post explicaremos cómo dar de alta una vivienda de uso turístico en Cataluña.
Para que el alojamiento pueda ser legalizado ha de cumplir varios requisitos:

  1. El alojamiento debe contar con el mobiliario y menaje necesario para su uso completo en relación con el número máximo de personas que pueda ocuparlo. Así como permanecer en un estado óptimo de higiene.
  2. La vivienda debe contar con cédula de habitabilidad y contar con las condiciones técnicas y de calidad exigidas; estando totalmente prohibido que sea ocupada por un número de personas mayor al indicado en la cédula.
  3. La persona o empresa gestora debe garantizar un servicio de asistencia y mantenimiento a los huéspedes.
  4. El propietario o empresa gestora debe posibilitar un número de teléfono al que tanto el ayuntamiento, los usuarios y/o vecinos puedan llamar en caso de incidencias relativas a la actividad turística; con objeto de resolverlo de la forma más rápida y eficaz posible.

El proceso de legalización consiste básicamente en informar al ayuntamiento correspondiente del inicio de la actividad mediante la entrega de una declaración responsable, podéis solicitar el documento en el mismo consistorio. En él se indican los datos de identificación del alojamiento y el titular; se confirma que dispone de cédula de habitabilidad; y se garantiza que cumple con la normativa vigente y que seguirá haciéndolo durante el tiempo que desarrolle su actividad.

La entrega del documento ha de hacerse, en principio, de forma presencial en el registro del cabildo pertinente-recomendamos también consultar si hay posibilidad de presentar la documentación de forma telemática, si lo preferís así-.

Una vez que se ha presentado la declaración responsable, se puede comenzar de manera inmediata la actividad. Si todo es correcto, el ayuntamiento informa de la legalización de la vivienda al Registro de Turismo de Cataluña (RTC) que a su vez le asigna un número de inscripción (NIRC) que se envía al propietario. Este número de inscripción ha de aparecer obligatoriamente en cualquier forma de comercialización del alojamiento. En el periodo que vaya desde la entrega de la declaración hasta que se notifique el NIRC, se debe poner su lugar -como mínimo- la referencia de comunicación municipal.

Cualquier modificación o cese de actividad ha de comunicarse de forma inmediata al cabildo donde se entregó la declaración, mediante un formulario que debéis solicitar allí mismo.

Una vez que la vivienda está legalizada y se haya comenzado la actividad comercial, el propietario debe cumplir siempre con una serie de obligaciones:

  • Exigir al inquilino que abandone la vivienda en un plazo máximo de 24h si ha incumplido alguna regla básica de convivencia u ordenanza municipal dictada con relación a ello.
  • Recaudar el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (IEET) al final de la estadía, previa entrega de factura a los clientes. La liquidación de este pago se deberá realizar en la Agencia Tributaria de Cataluña.
  • Proveer a las autoridades con la información necesaria de los ocupantes, previo registro de la vivienda en la comisaría o sede regional de los Mossos d’Esquadra más próxima, de acuerdo con la Ley de Seguridad Ciudadana.
  • La propiedad debe disponer de hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia y de un rótulo que informe de la existencia de las mismas.

Otro paso que podéis dar tras legalizar la vivienda es el proceso de categorización. Se trata de un procedimiento completamente voluntario que permite estructurar las viviendas en función de sus características y prestaciones en cinco categorías, de una a cinco llaves.

En caso de comercializar la vivienda de forma ilegal o de incurrir en alguna falta, se sancionará al propietario de acuerdo con la Ley de Turismo de Cataluña 13/2002, del 21 de junio. Esta ley aplica tanto sanciones económicas como la imposición del cese de la actividad. O ambas.

Dar de alta una vivienda turística en Cataluña es un proceso sencillo, por lo que os recomendamos siempre desarrollar vuestra actividad dentro de un marco legal para evitar sorpresas desagradables y ofrecer al cliente la máxima calidad. Algo en lo que CheKin os puede ser de gran utilidad: registro de huéspedes en tiempo récord, conexión directa con las autoridades,…con nosotros, todo son ventajas.
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*El contenido de este blog es meramente informativo. Para consultas vinculantes recomendamos que acudan a un profesional.