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Marco Legal

Hacienda usa el modelo 179 para combatir el fraude turístico

¿Qué es el modelo 179?

El modelo 179 es, según la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo la Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos’. 

Están sujetos a la declaración las personas o empresas que intermedian en la cesión de una vivienda turística entre el titular y los inquilinos, con o sin beneficio económico. Airbnb o Booking son algunos ejemplos de plataformas que engloba la normativa.

En el documento deben aparecer los datos identificativos del titular de la vivienda y de la persona o empresa que la ceden; dirección y referencia catastral del alojamiento; los días que ha sido cedido y los beneficios que el propietario ha obtenido por ello. De forma voluntaria, se pueden añadir también la forma de pago, el número de contrato de cesión y la fecha de intermediación.

¿Cuándo y dónde hay que entregarlo?

El primer periodo comprenderá del 1 y el 31 de enero de 2019. En ese primer mes se deberán declarar los ingresos en retrospectiva de formal anual. Es decir, se deberán incluir toda la información referente a la actividad en 2017. A partir de ahí, las siguientes declaraciones serán trimestrales.

Su presentación podrá hacerse cómodamente de forma telemática, mediante la web la Sede de La Agencia Tributaria,  como ya se hace con la declaración de la renta anual o la de IVA.

Una vez presentada, si todo es correcto y se acepta la declaración, se generará un código numérico que hará las veces de justificante. En caso de rechazo o de que haya alguna irregularidad, se notificaría a la mayor brevedad para dar la opción al declarante de subsanar el error.

¿Qué ocurre si no hago la declaración?

La importancia de esta medida se refleja también en la dureza de sus sanciones. Podrán ir de los 20€, por la omisión de alguna estancia aislada, a los 600.00€ por no presentarla directamente.

En CheKin sólo trabajamos con alojamientos legalizados. No te arriesgues y asegúrate de que tu vivienda turística cumple con la ley. Si necesitáis ayuda, contad con nosotros.

*El contenido de este blog es meramente informativo. Para consultas vinculantes recomendamos que acudan a un profesional.